Juez Dijo Que El M-19 Fue El Reponsable Del Incendio Del Palacio De Justicia
Friday, September 17, 2010
Los miembros del M-19 deben ir a la cárcel por los delitos de terrorismo, incendio y actos de ferocidad y barbarie, delitos de lesa humanidad, excluidos del indulto que les fuera concedido a los guerrilleros del M-19 en aplicación de la ley 77 de 1989 y el correspondiente decreto reglamentario. Dijo la juez que en 1993 emitio una providencia condenatoria por los hechos del Palacio de Justicia. A continuación la carta de la respectiva denuncia.
Señores
COMISIÓN DE LA VERDAD.
Bogotá D.C.
DOCTORES:
JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO. JOSÉ ROBERTO HERRERA VERGARA. NILSON PINILLA PINILLA.
E. S. D.
REFERENCIA: Rectificación hechos palacios de justicia.
CLEMENCIA GARCÍA DE USECHE, ciudadana colombiana, mayor de edad, identificada con C.C. (se omite) de Bogotá, abogada de profesión, con oficina de abogada ubicada en la (se omite) ciudad de Bogotá, por medio del presente escrito, respetuosamente me permito poner en su conocimiento la siguiente aclaración que debe hacer la comisión, en honor a la “verdad”, para no caer en un imperdonable error histórico.
1. Con gran extrañeza en días pasados me entere por los medios de comunicación en entrevista realizada al Doctor NILSON PINILLA por R.C.N., que LA COMISIÓN DE LA VERDAD había llegado a la conclusión que el incendio ocurrido en los hechos del palacio de justicia, había sido acusado por los militares, lo cual considero es un error histórico.
2. Con todo respeto, manifiesto que esa afirmación no honra la verdad, habida cuenta que de acuerdo al video grabado por la T.V Española, que cubrió la noticia desde minutos después de iniciada la toma hasta su culminación, es la más fidedigna prueba documental la cual permitió adjuntar a este escrito, en donde es claro que el incendio se inicia antes de que entraran los militares por cualquier flanco del palacio, ruego a ustedes observar como en el minuto 23” del video aportado, ya que se ve nítidamente la humareda producto del incendio en la biblioteca de la honorable corte y en el archivo del consejo de estado, LO QUE SIGNIFICA QUE FUE EL M-19 QUIEN ACABÓ A TRAVÉS DEL INCENDIO, CON LA HISTORIA JURÍDICA DEL PAÍS, LO QUE CONSTITUYE UN DELITO DE LESA HUMANIDAD.
3. Esta afirmación, no es caprichosa de quien suplica a la comisión de la verdad se revise el material probatorio, sino que está respaldada en el dicho de un eminente sobreviviente de los territorios hechos honorable ex magistrado del consejo de estado Dr. SAMUEL BUITRAGO, el cual en entrevista hecha por el Dr. FERNANDO LONDOÑO el día 12 de noviembre de 2009, (la cual se anexa) relata las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrió el referido incendio así:
(…) la secretaria del mismo le dijo:”mire doctor mire me decía ella y me mostraba hacia allá y si señoras vi unos personajes uniformados guerrilleros, con unos mechones prendiéndolo fuego a libros y no sé si expedientes, en todo caso a los anaqueles les estaban prendiendo candela (…); lo cual es concordante con lo que se aprecia en el video de la TV española (EL CUAL SE APORTA).”
4. Si la honorable comisión de la verdad, revisa y compara con detenimiento el video referenciado y lo plasmado por la suscrita en la página 5 de la providencia calendada mayo 15 de 1992, (la cual aporto), donde se hace relación a la misma prueba documental y al testimonio del ex magistrado auxiliar del consejo de estado DR. FERNANDO GONZALES CARRIZOSA quien manifestó que el incendio comenzó aproximadamente 45 minutos después de la toma por el m-19 en el sótano del palacio de justicia en los archivos y en la biblioteca del concejo de estado, pues probado se encuentra en el proceso que el ejercito entre muchísimo tiempo después de iniciado el mismo.
5. Las anteriores precisiones me permito hacerlas con la autoridad moral, intelectual y de conocimiento que me acompaña, habida cuenta que soy una de las pocas personas que leyó y estudio en su totalidad los más de 150 cuadernos que conforman el proceso 4119, haciendo igualmente un análisis de las pruebas que obran en el expediente, por haberme dado la vida la oportunidad en mi calidad de juez de orden público (sin rostro) de la época, de habérseme asignado el proceso del palacio de justicia para emitir el respectivo fallo y haberme correspondido dictar en mi calidad de juez de orden publico la providencia donde se ordeno vincular a los integrantes del m-19 por los delitos de terrorismo, incendio y actos de ferocidad y barbarie, delitos de lesa humanidad, excluidos del indulto que les fuera concedido a los guerrilleros del M-19 en aplicación de la ley 77 de 1989 y el correspondiente decreto reglamentario.
Esta respetuosa sugerencia la hago, ya que a mis 60 años de edad, no podría morir con la conciencia tranquila, al haberme quedado callada sabiendo que se está incurriendo en yerro histórico imperdonable al dejar para la historia el país una imprecisión de tal magnitud y absolver históricamente a los terroristas de un acto de barbarie que si cometieron sin la más mínima consideración para con sus injustos e indefensos rehenes.
Con la esperanza de una colombiana que espera que se le haga honor a la verdad en la justicia histórica.
Atentamente
CLEMENCIA GARCÍA DE USECHE